- La adquisición de un préstamo hipotecario implica asumir importantes obligaciones financieras por lo que es necesario informarse con carácter previo a la contratación del mismo, comparar los diferentes productos existentes en el mercado y contemplar con anterioridad las consecuencias que pudiera tener el no poder asumir los compromisos adquiridos.
- El Cliente ha de estar en sus plenas capacidades cognitivas para poder contratar una obligación financiera. Cualquier ocultación u omisión de información relevante en este sentido a Finansoluciones dará lugar al ejercicio de acciones en su contra.
- Finansoluciones exige a sus clientes la aportación de información veraz y auténtica, siendo el Cliente el responsable de la documentación e información facilitada, siendo en perjuicio del propio Cliente cualquier engaño sobre su capacidad de devolución del préstamo o solvencia futura, ya que podría ir en detrimento de las garantías prestadas a la hora de contratar.
- Para la comparación de los préstamos hipotecarios resulta útil confrontar la Tasa Anual Equivalente (TAE) de cada uno de los productos ofertados, configurada tanto por los intereses nominales como por el resto de comisiones y gastos vinculados al préstamo.
- El préstamo con garantía hipotecaria es una acción basada en contratos conexos e inescindibles, de tal forma que por las características del prestatario no se hubiera accedido a la concesión del préstamo sin el consentimiento a prestar una garantía hipotecaria.
- El prestatario deberá informar al prestamista de cualquier variación que existiera en los criterios analizados sobre la solvencia patrimonial de los deudores.
- El prestatario conoce y consiente expresamente que el intermediario solicite y consulte su situación financiera en Bases de Datos de Solvencia, tanto públicas como privadas.
- El Cliente ha de ser consciente de que su situación económica puede variar durante el periodo de vigencia del préstamo y habrá de analizar y consentir sus obligaciones respecto del préstamo hipotecario bajo esta premisa.
- En caso de que prevea la falta de atención puntual al pago de las cuotas comprometidas, se aconseja ponerlo en conocimiento de la entidad acreedora con la mayor brevedad posible, a efectos de poder analizar alternativas que eviten la resolución anticipada del préstamo y la ejecución de las garantías prestadas.